SIRE RER Y MYPE TRIBUTARIO
Inclusive, una vez que hayas enviado estos
registros, la Sunat generará una propuesta de las casillas de ventas y
compras en la Declaración mensual del IGV.
OBLIGADOS:
• Periodo julio 2023: Contribuyentes comprendidos en el anexo
No. 7 de la Resolución
de Superintendencia N°
112.2021/SUNAT
• Periodo octubre 2023: Contribuyentes del RER y MYPE
Tributario que al 30/09/2023 estén obligados a utilizar el Sistema de Libros
Electrónicos (PLE o Portal)
• Periodo agosto 2024: Todos los contribuyentes que al
31/07/2024 estén obligados a llevar los registros de ventas e ingresos y de
compras y estén acogidos al RER y MYPE.
• Periodos enero 2025: Los contribuyentes que al 31/12/2024
estén obligados a llevar los Registros de Ventas e Ingresos y de Compras, y no
se encuentren designados como Principales Contribuyentes.
• Periodos julio 2025: Principales contribuyentes que al
31/12/2024 se encuentren obligados a llevar los Registros de Ventas e Ingresos
y de Compras.
MULTA POR NO PRESENTAR LOS REGISTROS POR EL SIRE.
SUNAT no sancionará con multa la infracción por no presentar los registros a través del SIRE si se regulariza este hecho hasta el 31 de julio 2025.
Criterio discrecional establecido en la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de
Tributos Internos N°000003-2025-sunat/700000.
Comentarios
Publicar un comentario